lunes, 1 de julio de 2013

Defensa, Defensa Nacional y Defensa Civil....


Hoy continuamos con la serie de artículos que iniciamos en la entrada anterior. Para esto comenzaremos con algunas nociones que habíamos dejado pendientes, de manera que completemos la contextualización del nombre de nuestro blog, sin profundizar mucho aún en las interacciones que resultan del mismo.

            Defensa: En cuanto a su etimología se formó en latín a partir del verbo latino defenderé, que se derivaba, a su vez del verbo arcaico fendo, -ere-incitar, estimular, golpear, que ya no se usaba en al época clásica. A este verbo se antepuso el prefijo de-, que en este caso significa: rechazar, repeler, para formar defenderé, rechazar a un enemigo,  proteger o protegerse.[1]
            En cuanto a lo que nos concierne, El Diccionario Militar Moderno define la Defensa Nacional como “la disposición, integración, y acción coordinadas de todas las energías y fuerzas morales y materiales de la nación, ante cualquier forma de agresión. Es parte de la Seguridad  Nacional, y sus componentes básicos son la Defensa Militar y la Defensa Civil”. Medina, Tejada y Cil (2011). También se ha definido como la acción encaminada a mantener los Objetivos de Seguridad, cuya primera responsabilidad recae sobre el poder militar.[2]
            Tradicionalmente, los países en sus Libros Blancos de la Defensa, que son aquellos en los cuales se define, explica y se desarrollan los temas relacionados con la Seguridad y la Defensa Nacional, así como los objetivos y políticas que de ellas se derivan; dan su propia definición sobre estos conceptos. Veamos por ejemplo las definiciones que dan algunos países a la Defensa Nacional:
Perú:  La Defensa Nacional es el conjunto de medidas, previsiones y acciones que el Estado genera, adopta y ejecuta en forma integral y permanente, se desarrolla en los ámbitos externo e interno. Toda persona natural y jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional.[3]
Argentina: La Defensa Nacional es la integración y la acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación  para la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas Armadas, en forma disuasiva o efectiva para enfrentar las agresiones de origen externo.  Tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación; proteger la vida y la libertad de sus habitantes.[4]
Brasil: Es el conjunto de medidas y acciones del Estado, con énfasis en la expresión militar, para la defensa del territorio, la soberanía y los intereses nacionales contra amenazas preponderantemente externas, potenciales o manifiestas.[5]
Ecuador: Es un deber irrenunciable y permanente del Estado. Es un componentes de la Seguridad Integral y garantiza la soberanía e integridad territorial. Preserva los derechos, garantías y libertades de los ciudadanos y ciudadanas y tiene participación activa en la integración regional. Es un bien público.  Exige un grado de cultura de seguridad y defensa en todos los niveles de la sociedad, e implica su conducción democrática desde un visión integral de la seguridad, desarrollo y construcción de la paz interna, regional y global, en condiciones de defensa de la soberanía y en busca de la solución pacífica para actuales y eventuales controversias interestatales……[6]
            En esta última definición, que consideramos muy completa, podemos advertir la importancia que se le otorga a la cultura de seguridad y defensa en toda la ciudadanía, que es precisamente por lo que abogamos en esta serie de entradas.
            Defensa Militar: Se define como la parte de la Defensa Nacional que establece “ la disposición permanente de todos los recursos militares de una nación, al servicio de la primera, con la finalidad de mantener los Objetivos Nacionales de Seguridad.
            Defensa Civil: Es la parte de la Defensa Nacional que determina “La disposición permanente de todos los recursos humanos y materiales de una nación, no propiamente militares, al servicio de aquella, y también en la lucha contra todo tipo de catástrofes extraordinarias.

                                                                                    Continuará…..



[1] Tomado de El Castellano. Org.
http://www.elcastellano.org/palabra.php?id=2064
[2] Medina Gratereaux, Paulino P.- ob.cit.
[3] Ministerio de Defensa. Libro Blanco de la Defensa Nacional. Perú. 2005.
[4] Ley de Defensa Nacional, N0. 23.554 del 05/05/1988, Art. 2 (Atlas Resdal)
[5] Política Nacional de Defensa. http://www.infodefensa.com/wp-content/uploads/PoliticaNacionalDefensa_Brasil.pdf
[6] Ministerio de Defensa. Agenda Política de la Defensa Nacional, 2011.  http://www.defesa.gov.br/projetosweb/livrobranco/arquivos/pdf/equador-agenda-politica-de-la-defensa-nacional2008.pdf (Atlas Resdal)

No hay comentarios:

Publicar un comentario